Apreciados Fondos Mutuos de Inversión.
Por considerarlo de interés, nos permitimos compartir algunos aspectos relevantes relacionados con las obligaciones FATCA aplicables a los Fondos Mutuos de Inversión, conforme a las precisiones efectuadas recientemente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.
De acuerdo con lo expuesto por la Entidad, los Fondos Mutuos de Inversión son catalogados expresamente como “Entidades de Inversión” y, en consecuencia, se consideran Instituciones Financieras Sujetas a Reporte dentro del marco del intercambio automático de información tributaria FATCA.
En este sentido, resaltamos los siguientes puntos:
1. Normatividad aplicable vigente
La regulación actualmente aplicable se encuentra contenida en la Resolución 000227 de 2025 expedida por la DIAN.
2. Naturaleza del reporte FATCA
Debido a su clasificación como entidades de inversión, las participaciones o derechos de los asociados e inversionistas en los Fondos Mutuos constituyen “Cuentas Financieras”, sujetas a procesos de debida diligencia y eventual reporte periódico ante la administración tributaria.
3. Actualización del Registro Único Tributario – RUT
Los Fondos Mutuos de Inversión deberán actualizar previamente su Registro Único Tributario (RUT) incorporando la Responsabilidad 58 correspondiente a “Intercambio Automático de Información”.
4. Procedimientos de debida diligencia
Los Fondos Mutuos de Inversión deberán implementar procedimientos orientados a:
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- Identificar la residencia fiscal de sus inversionistas o asociados.
- Obtener las autocertificaciones FATCA correspondientes.
- Validar la documentación soporte.
- Detectar indicios de vinculación fiscal con los Estados Unidos
5. Presentación de reportes en cero
La inexistencia de personas reportables con nacionalidad o residencia fiscal estadounidense exime a los Fondos Mutuos de Inversión de la obligación formal de presentar el respectivo reporte FATCA en cero.
6. Canal oficial de contacto DIAN
La Oficina de Tributación Internacional de la DIAN ha dispuesto como canal oficial de comunicación el siguiente correo electrónico: dir-gen-autoridadcompetente@dian.gov.co
Esperamos que la información suministrada sea de utilidad.
Cordial saludo,
Ximena Correa Agudelo
Directora Ejecutiva
Asomutuos


