Apreciados Fondos Mutuos de Inversión.

Nos permitimos informar que, en respuesta a la comunicación emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia el pasado 30 de mayo de 2024, relacionada con la aplicación de la Circular Externa 003 de 2024, titulada “Grandes exposiciones, concentración de riesgos y cupos”, en los Fondos Mutuos de Inversión (FMI), (Descargue aquí) la Asociación ha continuado con las gestiones correspondientes para solicitar la no aplicación de dicha normativa a nuestro gremio.

El día de ayer se recibió una nueva comunicación por parte de la Superintendencia, la cual contiene información relevante que compartimos a continuación: (Descargue aquí),

Punto importante:

De acuerdo con el análisis efectuado, cada Fondo Mutuo de Inversión debe cumplir con el régimen especial aplicable a los FMI, conforme a lo establecido en los artículos 2.19.1.1.3. y 2.19.1.1.4. del Decreto 2555 de 2010. Este régimen contempla límites de inversión por tipo de activo admisible y por emisor.

En ese sentido, se concluye lo siguiente:

“Conforme a lo expuesto, y teniendo en cuenta el régimen de inversión especial para los FMI dispuesto en los artículos 2.19.1.1.3. y 2.19.1.1.4. del Decreto 2555 de 2010, el cual contempla límites de inversión por tipo de activo admisible y por emisor, se concluye que estas entidades deben dar aplicación a la regla de prevalencia de normas especiales, y controlar sus exposiciones a partir del régimen de inversión establecido en dichos artículos.”

Asimismo, se hace énfasis en la necesidad de implementar controles internos adecuados y reportar los respectivos formatos cuando se considere pertinente, de acuerdo con el siguiente criterio:

“Corresponderá a los fondos evaluar, de tiempo en tiempo, sus condiciones particulares para establecer si, en algún momento, incurren de forma sistemática y sostenida en operaciones que puedan representar un riesgo de concentración relevante. En tal caso, deberán adoptar las medidas necesarias para administrar dichas situaciones, las cuales deberán ser puestas en conocimiento de los respectivos órganos de gobierno del fondo y de esta Superintendencia.”

Como se puede constatar en la comunicación, una vez evaluadas las respuestas enviadas sobre este asunto por parte de la SFC, y en caso de considerarlo necesario, este despacho queda atento a sus indicaciones para programar la reunión.

 

Esperamos que la información suministrada sea de gran utilidad.

Cordial saludo y un excelente fin de semana,

Ximena Correa Agudelo
Directora Ejecutiva
Asomutuos

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