Buenos días señores Fondos Mutuos de Inversión.
Dando alcance a nuestra comunicación enviada directamente a los representantes legales el pasado viernes 12 de julio del cursante, pertinente a la solicitud de confirmación de cada FMI para la participación en la demanda a la reciente derogatoria del “ARTICULO 126. DEDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES A FONDOS MUTUOS DE INVERSION Y FONDOS DE PENSIONES DE JUBILACIÓN E INVALIDEZ. del Estatuto Tributario, que afecta directamente las empresas patrocinadoras de igual manera los Fondos Mutuos de Inversión.
Para avanzar en este proceso, necesitamos conocer la disposición de los Fondos Mutuos de Inversión a nivel nacional, para así suscribir un acuerdo con la firma de abogados que deseen realizar la respectiva demanda, teniendo en cuenta que los honorarios serán cancelados una vez se dé el éxito de la demanda, por los Fondos Mutuos de Inversión que confirmen la participación en este proceso legal.
Por favor, confirmen en el siguiente enlace el interés y disposición para contribuir en esta acción legal. (aquí su respuesta)
A efectos de conocer la viabilidad en dicho proyecto, los invitamos a allegarnos sus respuestas a más tardar el próximo viernes veintiséis (26) de julio del cursante, antes de las 5:00 pm.
Los Fondos Mutuos de Inversión que ya enviaron dicha respuesta hacer caso omiso a esta solicitud.
Cordial saludo,
Ximena Correa Agudelo
Directora Ejecutiva
Asomutuos


